martes, 18 de febrero de 2014

¿QUÉ ES EL TÍTULO CONSTITUTIVO? Artº 5

¿Qué es y para qué sirve el título constitutivo?

El Título Constitutivo es una escritura pública en la que se detalla la propiedad horizontal de un inmueble, delimitando los elementos comunes y los privativos.

Debe formalizarse, obligatoriamente, antes de que se produzca la compraventa de los diferentes elementos privativos, es decir, de las viviendas, sus anejos y los locales del edificio y en el mismo se describirá, además del inmueble en su conjunto, cada uno de aquellos elementos al que se asignará número correlativo. La descripción del inmueble habrá de expresar las circunstancias exigidas en la legislación hipotecaria y los servicios e instalaciones con que cuente el mismo. La de cada piso o local expresará su extensión, linderos, planta en la que se hallare y los anejos, tales como garaje, buhardilla, sótano o trasteros.

También se refleja la  cuota de participación de cada vivienda o local, para lo que se tomará como base la superficie útil de cada piso o local en relación con el total del inmueble, su emplazamiento interior o exterior, su situación y el uso que se presuma racionalmente que va a efectuarse de los servicios o elementos comunes. 
Este dato  se incluirá posteriormente en  la escritura individual de compra-venta de la vivienda y/o demás elementos privativos de la propiedad general.     

El título podrá contener, además, reglas de constitución y ejercicios del derecho y disposiciones no prohibidas por la Ley en orden al uso o destino del edificio, sus diferentes pisos o locales, instalaciones y servicios, gastos, administración y gobierno, seguros, conservación y reparaciones, formando un estatuto privativo que no perjudicará a terceros si no ha sido inscrito en el Registro de la Propiedad.




El título constitutivo es la escritura de toda la propiedad

Sobre la cuota de participación, Utilidades

Una vez establecida,  la cuota de participación no  se puede alterar, a menos que medie el acuerdo unánime de todos los propietarios del edificio. Sin embargo,  si la cuota de participación de una vivienda o local ha sido establecida de forma arbitraria con perjuicio de algún propietario, el propietario a quien perjudique podrá impugnar judicialmente la determinación de cuotas que se haya efectuado.

¿Para qué sirve?

 a)  Determina la participación de cada uno de los pisos o locales en la propiedad de los elementos comunes del edificio (solar, cubiertas, fachadas, etc.) 

b) Determina la distribución, entre los distintos propietarios, de los gastos y cargas de cualquier tipo que genere la comunidad de propietarios.

c) Determina la distribución de votos entre los propietarios con derecho a asistir a la Junta, así como los quórum necesarios para la válida constitución de la Junta y para la adopción de los acuerdos, según el distinto régimen de mayorías necesarios para cada tipo de acuerdos.  

En cualquier modificación del título, y salvo lo que se dispone sobre validez de acuerdos, se observarán los mismos requisitos que para la constitución.

 



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